La Sala Penal de Cañete, sentenció a 25 años de carcel a los implicados en el asesinato de profesor en el pueblo de Villa Franca, distrito de Cacra, provincia de Yauyos.
SENTENCIA CONDENATORIA A CRISTHIAN YOEL ORDOÑEZ BARAHONA Y ARTURO ALBERTO ORDOÑEZ FLORES A 25 AÑOS DE PRISIÓN EFECTIVA, POR EL DELITO DE HOMICIDIO EN AGRAVIO DE HILDEBRANDO FELIPE HUARI MATOS.
El día 22 de Marzo, a horas 4:30 p.m. en el Poder Judicial de Cañete, el Juzgado Penal Colegiado Vacacional conformado por los Magistrados Huertas Mogollón, Cuya García y Castillo Díaz (directora de debates) dictan pena privativa de libertad efectiva de 25 años en contra de Cristhian Yoel Ordoñez Barahona, contra Arturo Alberto Ordoñez Flores y una reparación civil de S/. 100,000.00 soles (cien mil soles), por el delito contra la vida cuerpo y la salud-HOMICIDIO EN AGRAVIO DE HILDEBRANDO FELIPE HUARI MATOS.
Los hechos fueron suscitados el día 6 de Abril del año 2016 en el anexo de Villafranca del Distrito de Cacra, Provincia de Yauyos, dictan la sentencia, luego de escuchar los alegatos finales del Ministerio Público y parte de la defensa, posteriormente la directora de debates da lectura del adelanto del fallo, CONDENANDO A CRISTHIAN YOEL ORDOÑEZ BARAHONA Y ARTURO ALBERTO ORDOÑEZ FLORES A 25 AÑOS DE PRISIÓN EFECTIVA, la lectura integral de la sentencia se realizará en la sala de audiencia del centro penitenciario de Cantera de Nuevo imperial-Cañete el día Martes 27 de Marzo a horas 4:15 p.m.
RESUMEN DE LOS MOTIVOS DEL FALLO
El día 6 de Abril del año 2016, aproximadamente a las 14:00 p.m., el profesor Hildebrando Felipe Huari Matos, llegó desde la ciudad de Cañete, para luego dirigirse a su predio ubicado en la jurisdicción conocido como “Chuspe” del anexo de Villafranca del Distrito de Cacra, Provincia de Yauyos, a las 17:40 p.m. aproximadamente se suscitó una discusión por problemas de arriendo de terreno entre el agraviado Hildebrando Felipe Huari Matos y los acusados de Cristhian Yoel Ordoñez Barahona y Arturo Alberto Ordoñez Flores, los acusados aprovechando su superioridad numérica, así como la zona desolada y cubierta por plantaciones de paltos y otros a sabiendas que el agraviado no podía oponer resistencia suficiente dada su avanzada edad, le privaron de la vida propinándole golpe y cortes con un arma blanca y con piedra en su cabeza, asimismo en las pericias de parte indican que las lesiones que tenían el agraviado habían sido producida por un agente contuso lo cual indicaron que le produjeron una fracturas a nivel óseo y que tenían que haber sido producido por un objeto con un peso, como una rodilla, un puño, una patada, un palo, una piedra y las heridas por un contuzocortantes con bordes afilados, podrían haber sido un machete o un hacha, asimismo indicaron que la causa de la muerte, fue con el elemento contuso, que le aperturaron los huesos de la cabeza, que le produjo un sangrado interno a nivel del cerebro, que alcanzó su nivel de presión a nivel craneano ocasionando su muerte.
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